Reforma Laboral 2026: cómo afecta a los trabajadores que ya tienen empleo y qué cambian en las indemnizaciones

La reforma laboral 2026 alcanzará también a los trabajadores que ya tienen empleo. Cuáles son los cambios, uno por uno. 

12 de febrero, 2026 | 13.37

El proyecto de reforma laboral que obtuvo media sanción en el Senado con 42 votos a favor y 30 en contra introduce cambios de aplicación inmediata que alcanzan también a los trabajadores que ya tienen empleoSegún confirmó el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, las nuevas reglas regirán para todas las contingencias futuras —como despidos, enfermedades laborales o renegociaciones contractuales—, independientemente de la fecha en que se haya iniciado la relación laboral.

Esto implica que, aunque los contratos se hayan firmado bajo el marco legal anterior, los derechos y obligaciones se definirán de acuerdo con la nueva normativa cuando ocurra un hecho relevante en la relación de trabajo.

Qué cambios trae la Reforma Laboral 2026 para quienes ya tienen trabajo

Cambios en las indemnizaciones por despido

Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación en el cálculo de la indemnización por despido sin justa causa. El nuevo esquema establece que la base indemnizatoria se calculará únicamente sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida en los últimos seis meses.

Quedan excluidos del cálculo conceptos no mensuales como el Sueldo Anual Complementario, las vacaciones y premios extraordinarios. Con este cambio, el monto de la indemnización tenderá a ser menor que bajo el régimen vigente, especialmente en casos donde el salario incluía adicionales variables o pagos estacionales.

Además, la reforma elimina la posibilidad de reclamar indemnizaciones complementarias por daños y perjuicios. A partir de la entrada en vigencia de la ley, la indemnización prevista en el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo será la única reparación posible frente a un despido sin causa, con el objetivo de reducir la litigiosidad y otorgar mayor previsibilidad jurídica a los empleadores.

Qué es la reforma laboral y qué cambia

Cambios en las vacaciones

Si bien se mantiene el período legal general entre el 1° de octubre y el 30 de abril, se habilita a que las partes puedan, de mutuo acuerdo, disponer el goce de las vacaciones fuera de dicho período. El empleador y el trabajador podrán convenir el fraccionamiento de las vacaciones, con la condición de que cada uno de los tramos no sea inferior a siete (7) días corridos. En los casos en que las vacaciones se acuerden de forma individual o por grupos, el empleador debe organizarlas de modo que cada trabajador goce de su descanso en temporada de verano al menos una vez cada tres años.

No más horas extras

El sistema de banco de horas es un régimen voluntario de compensación de horas extras. Permite compensar una jornada mayor en un día con una menor en otro, siempre que no se supere el máximo legal de la jornada semanal prevista y haya al menos 12 horas de descanso entre el fin de una jornada diaria y el comienzo de otra. Eso, en la práctica, habilita jornadas laborales de hasta 12 horas. En la teoría, se aplicaría mediante un acuerdo voluntario y por escrito entre el empleador y el trabajador, o acordarse en los Convenios Colectivos de Trabajo.

Reingresos y actualización de indemnizaciones

Otro cambio relevante afecta a los casos de reingreso del trabajador a una misma empresa. La nueva normativa elimina la aplicación de la tasa de interés pura del 3% anual que se sumaba a la actualización por IPC para deducir indemnizaciones ya cobradas.

En caso de aprobarse la Reforma, esas sumas solo se actualizarán por inflación, lo que reduce el monto a descontar y modifica el equilibrio a favor del empleador en situaciones de reincorporación o nuevas contrataciones posteriores a un despido previo.

La reforma también introduce modificaciones que impactan sobre los procesos judiciales en trámite. Los créditos laborales pendientes se actualizarán aplicando intereses moratorios calculados en base a la tasa del Banco Central, con un tope que no podrá superar el capital ajustado por IPC más una tasa del 3% anual. Asimismo, se reducen los plazos de caducidad de instancia: seis meses en primera instancia y tres meses en segunda o en juicios sumarísimos. Esta medida apunta a acelerar los procesos, pero podría afectar a trabajadores con dificultades para sostener litigios prolongados.

Qué cambia con la reforma laboral

Derogación de estatutos y pérdida de beneficios específicos

Un aspecto menos visible pero de alto impacto es la derogación total de ciertos estatutos laborales especiales. Los trabajadores que estaban alcanzados por esos regímenes pasarán a regirse exclusivamente por la Ley de Contrato de Trabajo general.

En el proyecto, que ahora será debatido en Diputados, se establece que esos convenios seguirán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026, fecha en la cual debería firmarse uno nuevo o caducarán. 

Esta transición puede implicar la pérdida de beneficios particulares que habían sido reconocidos históricamente para determinados sectores, modificando condiciones laborales que hasta ahora se consideraban consolidadas. Además, se eliminan normas protectorias en materia judicial, como el Artículo 275 de la LCT, que sancionaba conductas maliciosas del empleador con intereses agravados. A partir de la vigencia de la reforma, quienes inicien juicios laborales ya no contarán con ese mecanismo de penalización.