Le hicieron una transferencia de 4 millones por error y se compró un terreno: terminó enfrentando una condena

Una empleada pública recibió una cifra millonaria de parte del organismo en el que se desempeñaba y se negó a devolverla. 

13 de marzo, 2026 | 13.56

Un insólito episodio en la ciudad de Neuquén trascendió hacia el resto del país después de que una empleada pública del Instituto Provincial de Viviendas y Urbanismo (IPVU) recibiera una transferencia por error de 4 millones de pesos de parte del organismo en el que se desempeñaba y se negara a devolverla.

El Instituto judicializó lo ocurrido y ahora, como resultado de la denuncia penal, la mujer está obligada por la Justicia a devolver el dinero. Lo que resulta más llamativo es que la empleada dijo que ya había usado los millones para comprar un terreno.

El error que costó una condena

En las últimas semanas una empleada pública que trabajaba en el Instituto Provincial de Viviendas y Urbanismo (IPVU) neuquino recibió una transferencia millonaria de parte del organismo. La Justicia falló en su conta y ahora deberá devolver los cuatro millones de pesos.

El juez Martín Peliquero consideró que “el IPVU sufrió un empobrecimiento involuntario al transferir el dinero a la cuenta sueldo de la demandada; que ésta incorporó esa suma a su patrimonio; y que no existe causa jurídica alguna que habilite su percepción”.

Según la demanda del organismo provincial, la Dirección de Tesorería hizo la transferencia errónea a la cuenta sueldo de la trabajadora. Estiman que en la similitud del nombre de la mujer con el de la verdadera persona que debía recibir el dinero está el origen del conflicto.

Cuando desde el organismo descubrieron la confusión, se contactaron telefónicamente con la agente, quien cortó rápidamente la llamada diciendo que “no sabía nada y que estaba ocupada”.

En un segundo contacto, la mujer manifestó que suponía que el dinero “era parte de un juicio” y que ya lo había utilizado en “la compra de un terreno”, negándose a reintegrarlo.

La denuncia penal a raíz de los hechos

En primer término la empleada pública fue sobreseída, por extinción de la acción penal a raíz del pago del mínimo de la multa prevista para la expropiación de cosa ajena, que es el delito en el que se encuadraron los hechos.

Pese al sobreseimiento, el abogado explicó que el análisis debió hacerse en base a los hechos que se reconocieron en el legajo penal: la transferencia por error del IPVU; el conocimiento inmediato de la demandada acerca del error; la negativa inicial a restituir; y la realización de extracciones y movimientos posteriores.

La mujer negó haber obrado con dolo y afirmó que no tuvo “intención de apropiarse indebidamente de los fondos” y que “su situación económica y la posterior exoneración le impidieron restituir la suma en forma inmediata”. También se mostró dispuesta a devolver el dinero aunque solicitó que “los intereses sean reducidos” y que “se descuente del capital adeudado las retenciones sobre sus haberes que se realizaron oportunamente”.